PRIMUS ACADEMY

Homestead Process

Paga menos impuestos por tu residencia principal en Florida

Si compraste (o vas a comprar) tu residencia principal en Florida, el estado te ofrece uno de los beneficios fiscales más generosos del país: el Homestead Exemption. Reduce la base imponible de tu casa hasta en $50,000, limita cuánto puede subir tu tasación cada año y hasta viaja contigo cuando te mudas dentro de Florida. Aplicar es gratis y toma minutos — pero hay una fecha límite y reglas que debes conocer.

Hasta $50,000 de exenciónFecha límite: 1 de marzoTope anual: 3% (Save Our Homes)Portabilidad hasta $500K
01

Qué te da el Homestead

1

Exención base: $25,000

Los primeros $25,000 del valor tasado de tu casa quedan exentos de TODOS los impuestos de propiedad, incluidos los escolares.

2

Exención adicional: +$25,000

Sobre la franja de valor tasado entre $50,000 y $75,000 aplica una segunda exención de hasta $25,000 — esta no aplica a los impuestos escolares.

3

Save Our Homes: tope 3%

Con Homestead activo, tu valor tasado no puede subir más de 3% al año (o el CPI, lo que sea menor) — aunque el mercado suba 20%. Con los años, este tope vale más que la exención misma.

4

Portabilidad: hasta $500K

Si te mudas dentro de Florida, puedes transferir hasta $500,000 del beneficio acumulado de Save Our Homes a tu nueva residencia principal.

02

Requisitos

1

Dueño al 1 de enero

Debes tener el título de la propiedad al 1 de enero del año para el que pides la exención.

2

Residencia principal permanente

La propiedad debe ser tu residencia principal permanente — no una segunda casa ni una inversión.

3

Florida como domicilio

Evidencia de que Florida es tu hogar legal: licencia o ID de Florida con la dirección, registro de votante o Declaration of Domicile.

4

Una sola exención

Ni tú ni tu cónyuge pueden reclamar una exención de residencia similar en otra propiedad — ni en Florida ni en otro estado o país.

03

Cómo aplicar, paso a paso

PASO 01

Cierra tu compra y múdate

La elegibilidad se mide al 1 de enero: si la propiedad es tu residencia principal en esa fecha, puedes reclamar la exención de ese año. ¿Compraste en marzo? Tu primera exención será la del año siguiente.

PASO 02

Reúne tus documentos

Para cada aplicante: licencia o ID de Florida con la dirección de la propiedad, número de Social Security, y evidencia de domicilio (registro de votante o Declaration of Domicile). Ten a mano la escritura o el parcel ID.

PASO 03

Aplica con el Property Appraiser de tu condado

La solicitud (formulario DR-501) se presenta ante el Property Appraiser del condado donde está la casa — Orange, Osceola, Miami-Dade y la mayoría permiten hacerlo 100% online en minutos. Aplicar es GRATIS: desconfía de cartas que te cobran por "tramitarlo".

PASO 04

Respeta la fecha límite: 1 de marzo

La solicitud debe presentarse a más tardar el 1 de marzo del año de la exención. Muchos condados permiten pre-aplicar apenas cierras, aunque falten meses para enero. Si se te pasó, pregunta por late filing — puede aceptarse con justificación durante una ventana limitada.

PASO 05

Confirma — y olvídate (casi)

Una vez aprobada, la exención se renueva automáticamente cada año: el condado te envía una tarjeta o aviso de renovación. Tu única obligación es notificar si algo cambia — si rentas la casa, dejas de ocuparla o cambia la titularidad.

PASO 06

¿Te mudas dentro de Florida? Porta tu beneficio

Al comprar tu nueva residencia principal, presenta también el formulario DR-501T para transferir hasta $500,000 del beneficio de Save Our Homes acumulado. Generalmente tienes hasta 3 años fiscales para usar la portabilidad.

04

Preguntas frecuentes

¿Cuánto ahorro realmente?

Depende de tu condado y su millage rate, pero la exención completa de $50,000 suele ahorrar varios cientos de dólares al año — y el tope del 3% de Save Our Homes, con los años y en mercados que suben, puede ahorrarte miles. Es el beneficio compuesto lo que lo hace tan valioso.

¿Tengo que aplicar cada año?

No. Aplicas una vez y se renueva automáticamente mientras la propiedad siga siendo tu residencia principal. Solo debes notificar al Property Appraiser si dejas de calificar.

Compré la casa en mayo — ¿ya puedo aplicar?

Sí: la mayoría de los condados permiten pre-aplicar apenas cierras. La exención tomará efecto el año siguiente (cuando cumplas el requisito de ser dueño-ocupante al 1 de enero), y tu solicitud ya queda hecha.

¿Qué pasa si rento la casa?

Rentarla como negocio te hace perder la exención — y reclamarla indebidamente genera impuestos retroactivos, penalidades e intereses. Existen reglas específicas para rentas parciales o temporales: consulta con el Property Appraiser de tu condado antes de rentar.

¿Aplica a una segunda casa o propiedad de inversión?

No. El Homestead es exclusivamente para tu residencia principal permanente. Las segundas casas e inversiones tributan sin exención — aunque las non-homestead tienen su propio tope de tasación del 10% anual.

¿Comprar a nombre de una LLC afecta mi Homestead?

Sí — una residencia principal a nombre de una LLC generalmente NO califica para el Homestead. La LLC es una herramienta de inversión, no de vivienda propia. Si te interesa esa estructura para invertir, mira nuestra guía de LLC Creation.

Leer la guía →

¿Comprando tu residencia principal?

Te ayudamos a financiarla — y te recordamos aplicar al Homestead apenas cierres. Pre-aprobación en 24–48 horas, sin costo y sin compromiso.

Hablar con un asesor →

Contenido educativo — no constituye asesoría legal ni fiscal. Los montos, topes y fechas corresponden a la ley de Florida vigente y pueden cambiar; confirma los detalles y tu caso específico con el Property Appraiser de tu condado.

Yude Glez
Yude Glez
Broker & CEO · Sr. Mortgage Loan Advisor
NMLS 2278744